El Partido de la Unión por la Gente – Partido de la “U” a la fecha ha dado cumplimiento a los términos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para dar respuesta a las solicitudes. En especial, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Estatutaria 1755 de 2015.
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1437_2011.html#14